EFE
Este grupo de socios, el mismo que apoyó la moción de censura contra el
expresidente Joan Laporta y la demanda contra él y su junta directiva
para que avalasen las pérdidas acumuladas en su primer mandato,
atribuyen a Gaspart 100 de los 164 millones de euros de déficit con el
que el Barça cerró el ejercicio 2002/03.
"De esos 164 millones de pérdidas, el juez determinó que 100
corresponde al mandato de Gaspart y los otros 64 son pérdidas
imputables a la junta de Laporta, que cerró ese ejercicio en esos primeros ocho días de mandato de 2003", explicó Manuel Piñeiro, auditor de cuentas de esta asociación de socios barcelonistas.
En la última asamblea de compromisarios, el vicepresidente de la
Asociación de Defensa de los Derechos de los Socios y Socias del FC
Barcelona, Robert Blanch, ya pidió a la junta que ahora preside Sandro
Rosell que se convocara una asamblea extraordinaria para debatir sobre
la conveniencia de iniciar nuevas acciones de responsabilidad social.
Esas acciones deben ir dirigidas, a su entender, contra Gaspart, Enric
Reina, quien se puso al frente del club cuando el primero dimitió, y
el propio Laporta como sucesor del anterior en el cargo.
Entonces, la junta no atendió la petición de Blanch, alegando que este
asunto no estaba en el orden del día de la asamblea de compromisarios
de 2011, y que el mismo ya se había debatido en la asamblea general del
año anterior.
De hecho, en aquella asamblea de 2010, los socios compromisarios ya
votaron a favor de iniciar la acción de responsabilidad contra Laporta y
su junta directiva por las pérdidas acumuladas en su primer mandato.
Un demanda civil que se está tramitando en los juzgados desde hace
meses.
Sin embargo, esta asociación de socios considera que el artículo 322.5
del Código Civil Catalán permite a los asistentes a una asamblea
solicitar que se convoque otra extraordinaria para votar sobre una
acción de responsabilidad sin que este punto esté necesariamente en el
orden del
día
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Como desconocen las leyes, es lo malo... por lo cual veo que poco se podra hacer...
Artículo 321-17.4 del Código Civil Catalán: La acción de
responsabilidad en interés de la asociación prescribe a los tres años
de la fecha en que los responsables cesan en el cargo. Efectivamente,
artículo 322.5 del Código Civil Catalán permite a los asistentes a una
asamblea solicitar que se convoque otra extraordinaria para votar sobre
una acción de responsabilidad sin que este punto esté necesariamente
en el orden del día, pero según el 321-17.4, prescribió hace tiempo.
Como mucho podemos castigar a Laporta, mientras que el verdadero
causante por que era el Presidente y en 6 días no creo que se produzcan
una deuda tan grande y esa se imputa a la Junta de Laporta y a todos sus
miembros que firmaron esas cuentas... Que pena no podremo ver imputado a
Gaspart
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