El 27 de diciembre de 1999, el Comite de Competición decidió actuar de
oficio, incoar un procedimiento disciplinario a Kluivert por su acción
sobre Cota en el partido de Vallecas del día 22 de diciembre. La nota
federativa dice exactamente: "A la vista de la acción desplegada por Don
Patrick Kluivert en relación con Don Jesús Diego Cota, de la que existe
constancia videográfica, este Comité de Competición, en uso de las
atribuciones que le concede el artículo 151.1 A de los Estatutos
Federativos, ha acordado la incoación de oficio de procedimiento
disciplinario, a fin de depurar las responsabilidades en que hubiera
podido incurrir el mencionado jugador, otorgando al señor Kluivet y al
FC Barcelona el tramite de audiencia a fin de que aleguen lo que a su
derecho convenga, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 154.1 del
citado texto estatutario al tratar de una presunta infracción de la que
no existe constancia en el acta"
Patrick Kluivert sería sancionado por cinco partidos, esto no seria una noticia... si no fuera porque en posteriores acciones similares, el propio Comite de Competición se negaba a rearbitrar una jugada y solo basarse en el acta del Colegiado. La doble vara de medir de la RFEF y de los Comites situados en Madrid.
Patrick Kluivert sería sancionado por cinco partidos, esto no seria una noticia... si no fuera porque en posteriores acciones similares, el propio Comite de Competición se negaba a rearbitrar una jugada y solo basarse en el acta del Colegiado. La doble vara de medir de la RFEF y de los Comites situados en Madrid.